René Guénon — APRECIAÇÕES SOBRE A INICIAÇÃO
SACRAMENTOS E RITOS INICIÁTICOS
Hemos dicho precedentemente que los ritos religiosos y los ritos iniciáticos son de un orden esencialmente diferente y que no pueden tener la misma meta, lo que resulta necesariamente de la distinción misma de los dos dominios exotérico y esotérico a los que se refieren respectivamente; si se producen confusiones entre los unos y los otros en el espíritu de algunos, se deben ante todo a un desconocimiento de esta distinción, y pueden deberse también, en parte, a las similitudes que estos ritos presentan a veces a pesar de todo, al menos en sus formas exteriores, y que pueden engañar a aquellos que no observan las cosas más que «desde el exterior». No obstante, la distinción es perfectamente clara cuando se trata de los ritos propiamente religiosos, que son de orden exotérico por definición misma, y que por consiguiente, no deberían dar lugar a ninguna duda; pero es menester decir que puede serlo menos en otros casos, como el de una tradición donde no hay división entre un exoterismo y un esoterismo que constituyan como dos aspectos separados, sino donde hay solo grados diversos de conocimiento, y donde, por consiguiente, la transición de uno al otro puede ser casi insensible, así como ocurre concretamente para la tradición hindú; esta transición gradual se traducirá naturalmente en los ritos correspondientes, de suerte que algunos de ellos podrán presentar, bajo algunos aspectos, un carácter en cierto modo mixto o intermediario.
Precisamente, es en la tradición hindú donde se encuentra en efecto uno de los ritos sobre los cuales se puede plantear más legítimamente la cuestión de saber si su carácter es o no es iniciático; queremos hablar del upanayana, es decir, del rito por el que un individuo es vinculado efectivamente a una de las tres castas superiores, a la cual, antes del cumplimiento de este rito, no pertenecía más que de una manera que se puede decir del todo potencial. Este caso merece ser examinado realmente con alguna atención, y, para eso, es menester primeramente comprender bien lo que debe entenderse exactamente por el término samskâra, que se traduce bastante habitualmente por «sacramento»; esta traducción nos parece que está muy lejos de ser satisfactoria, ya que, según una tendencia muy común en los occidentales, afirma una identidad entre dos cosas que, si son en efecto comparables bajo algunos aspectos, por eso no son sino muy diferentes en el fondo. A decir verdad, no es el sentido etimológico de la palabra «sacramento» misma el que da lugar a esta objeción, ya que, evidentemente, en los dos casos se trata de algo «sagrado»; por lo demás, este sentido es demasiado extenso para que se pueda sacar de él una noción algo precisa, y si uno se quedara ahí, no importa qué rito podría ser llamado indistintamente «sacramento»; pero, de hecho, esta palabra ha devenido inseparable del uso específicamente religioso y estrechamente definido que se hace de ella en la tradición cristiana, donde designa algo cuyo equivalente exacto no se encuentra sin duda en ninguna otra parte. Así pues, vale más conformarse a este uso para evitar todo equívoco, y reservar exclusivamente la denominación de «sacramentos» a una cierta categoría de ritos religiosos que pertenecen en propiedad a la forma tradicional cristiana; es entonces la noción de «sacramento» la que entra en la de samskâra a título de caso particular, y no a la inversa; en otros términos, se podrá decir que los sacramentos cristianos son samskâras, pero no que los samskâras hindúes son sacramentos, ya que, según la lógica más elemental, el nombre de un género conviene a cada una de las especies que están comprendidas en él, pero, por el contrario, el nombre de una de estas especies no podría ser aplicado válidamente ni a otra especie ni al género todo entero.