De la raíz MAN, este vocablo expresa la reflexión profunda sobre la revelación (shruti) y son dos las Mimamsas: karma y jñana. La última, que también es llamada Brahma-Mimamsa o Uttara Mimamsa, es el Vedanta. La primera o Purva Mimamsa, compendiada por Jaimini, estudia las razones o justificaciones del dharma en relación con karya, es decir, la explicación del ritual tal como éste debe ser cumplido, determinándose al mismo tiempo el alcance de las prescripciones.
Por ahondar en el ritual y en los textos, es la darshana más unida a los Vedangas, desarrollando además dos temas centrales en relación con la revelación que son, por un lado, la idea de perpetuidad del Veda —que ya hemos señalado— y, por otro la teoría de la infalibilidad.
“…La asociación original y perpetua del sonido articulado con el sentido del oído, hace del lenguaje algo distinto a una convención más o menos arbitraria…” y sobre la infalibilidad agrega Guénon, “…debe ser concebida como inherente a la doctrina misma y que por consecuencia no pertenece de ningún modo a los individuos humanos; éstos no participan de ella sino en la medida en que conocen efectivamente la doctrina y la interpretan de manera exacta y, todavía entonces, esta infalibilidad no debe ser referida a los individuos como tales sino siempre a la doctrina que se expresa por ellos”, por esta misma razón, los que conocen correctamente el Veda están autorizados para escribir tratados tradicionales ya que su “autoridad es la participación en la tradición primordial”, esta doctrina de la infalibilidad es común a hindúes, musulmanes y católicos, en estos últimos se expresa a través de la “infalibilidad pontifical”.
La Mimamsa considera también tratados de jurisprudencia, pues debemos recordar que toda civilización tradicional funda la justicia en principios universales.
Otra característica muy notable de esta darshana es la agudeza con que explica la conexión metafísica entre el acto ritual y su consecuencia, es decir, la relación entre los ritos y sus alcances. En primer lugar, el sentido de karman en este caso es el de “retribución” y no de castigo; luego, para comprender el concepto de apurva, tendremos en cuenta dos elementos: sucesión y simultaneidad.
Toda acción tiene una reacción que es necesariamente sucesiva; pero además, entre ellas se establece una relación de causalidad donde se impone la noción de simultaneidad, toda causa debe contener en sí el efecto; así se plantea: el acto ritual tiene una repercusión sucesiva al mismo tiempo que como causa tiene un efecto simultáneo. Esta paradoja es resuelta por la Mimamsa al introducir un elemento, no perceptible, potencial, sutil (y por ello fuera de las condiciones ordinarias del tiempo) llamado apurva, en el que en cierto sentido se fusionarían los elementos de sucesión y simultaneidad bajo el aspecto de una simultaneidad imperfecta. Apurva “puede considerarse ya sea como un estado posterior a la acción misma o bien como un estado antecedente del resultado”. Además, lo que permite esta función es el estado no corpóreo de apurva, que puede estar tanto en la esfera incorpórea del individuo como salir de ella e “ingresar en el dominio de las energías potenciales del orden cósmico” como si fuera una vibración expansiva, que al regresar provoca su reacción y de la misma forma en que la acción alteró un equilibrio, la reacción lo restaura. Aquí se unen las esferas humanas y cósmica, junto con el dharma y el karman: “…la reacción, en su influencia de regreso sobre el ser que produjo la acción inicial, recobra su carácter individual y aun temporal que no tenía ya el apurva intermediario; si éste ser no se encuentra ya, entonces, en el estado en que estaba primero, y que no era más que un estado transitorio de su manifestación, la misma reacción, pero despojada de las condiciones características de la individualidad originaria, podrá también alcanzarlo en otro estado de manifestación por los elementos que aseguran la continuidad de este nuevo estado con el estado antecedente: es aquí donde se afirma el encadenamiento causal de los diversos ciclos de existencia…”.